Pesca
Del 15 de juny al 15 de setembre, de 21h a 7h, es pot pescar (amb llicència de pesca) a les següents zones:
- Cala Rovira
- Cala Sa Conca
- Port d'Aro
- Cala Oriços (costat illot Sa Conca)
La resta de l'any no hi ha limitacions.
Llicència de pesca
Licencia de Pesca
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento
El período de vigencia de todos los tipos de licencias comienza a contar el día que se realiza el pago, excepto las licencias R5 y R6, para las que se puede elegir la fecha de vigencia a 15 días vista.
Tipo de licencias
Es una autorización para la práctica de la pesca recreativa (no profesional) en aguas continentales y marítimas superficiales desde tierra o desde una embarcación con cualquier utensilio autorizado para este tipo de pesca.
Existen diferentes tipos de licencia recreativa de superficie:
- R5: licencia recreativa turística de un día de duración.
- R6: licencia recreativa turística de dos días de duración.
- R0: licencia recreativa turística de quince días de duración.
- R1: licencia recreativa de un año de duración.
- R2: licencia recreativa de dos años de duración.
- R3: licencia recreativa de tres años de duración.
- R4: licencia recreativa de cuatro años de duración.
- M1: licencia recreativa sin muerte de un año de duración.
- M2: licencia recreativa sin muerte de dos años de duración.
- M3: licencia recreativa sin muerte de tres años de duración.
- M4: licencia recreativa sin muerte de cuatro años de duración.
- RM: licencia recreativa de menores. Gratuita para menores de 18 años. Tiene una vigencia de cuatro años.
- RJ: licencia recreativa para personas mayores de 65 años. Es gratuita y tiene una vigencia de cuatro años.
- RD: licencia recreativa para discapacitados. Tiene una vigencia de cuatro años y es gratuita para personas que lo acrediten documentalmente.
Requisitos
- Si la persona que desea solicitar la licencia es menor de 18 años, debe disponer de la autorización de la persona que legalmente la representa.
- No se debe tener ninguna inhabilitación para el ejercicio de la pesca recreativa.
- Debe haberse abonado el importe de las multas por infracciones previstas en la Ley 22/2009, de 23 de diciembre, de ordenación sostenible de la pesca en aguas continentales, la Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas, y la Ley 3/2001 de pesca, de 26 de marzo.
Impuestos
Para la pesca recreativa general (con muerte o sin muerte indistintamente)
- Vigencia de1 día: 3,15 €
- Vigencia de 2 días: 5,20 €
- Vigencia de 15 días: 11,50 €
- Vigencia de1 año: 27,10 €
- Vigencia de 2 años: 43,75 €
- Vigencia de 3 años: 62,45 €
- Vigencia de 4 años: 73,90 €
Para la pesca recreativa exclusivamente sin muerte
- Vigencia de1 año: 19,80 €
- Vigencia de 2 años: 36,45 €
- Vigencia de 3 años: 53,10 €
- Vigencia de 4 años: 68,70 €
La licencia es gratuita para los/las menores de 18 años, las personas mayores de 65 años y las personas que acrediten documentalmente que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
- Tener una discapacidad igual o superior al 33 % reconocida por resolución o certificado expedido por el Instituto de Personas Mayores y Servicios Sociales (Imserso) o el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente. En Cataluña el órgano competente es la Secretaría de Inclusión Social y Promoción de la Autonomía Personal.
- Tener la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez reconocida por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- Tener un mínimo de 65 años, siendo beneficiario de una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, reconocida por resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa.